Organización de la Generalitat Valenciana: Consellerías y funciones de los conselleres
Respuesta rápida
La administración de la Generalitat Valenciana se organiza en consellerías o departamentos, cada una dirigida por un conseller con funciones ejecutivas que incluyen asistir a las reuniones del Consell, proponer nombramientos y ceses, preparar anteproyectos de ley y formular los presupuestos de su departamento. Las consellerías se estructuran en tres niveles: órganos superiores (conseller y secretarios autonómicos), directivos (subsecretarios y directores generales) y administrativos.
Puntos clave
Organización por consellerías
La administración de la Generalitat se estructura en consellerías o departamentos, cada una dirigida por un conseller con funciones ejecutivas.
Funciones del conseller
Asistir al Consell, proponer nombramientos, preparar anteproyectos de ley, formular presupuestos y resolver conflictos en su departamento.
Tres niveles orgánicos
Órganos superiores (conseller + secretarios autonómicos), directivos (subsecretarios + directores generales) y administrativos.
Director general
Es el cargo más alto de los órganos directivos, con funciones de proponer resoluciones y elevar informes anuales sobre funcionamiento.
Servicios centrales vs periféricos
Los centrales tienen competencia en toda la CV; los periféricos solo en su ámbito territorial específico.
Responsabilidad de los miembros del Consell
La responsabilidad penal y civil se reclama ante el TSJ de la CV o el Tribunal Supremo.
Ejemplo resuelto
Problema ¿Quién tiene la máxima autoridad dentro de la estructura orgánica de una consellería y cuáles son sus principales funciones?
¿Quién tiene la máxima autoridad dentro de la estructura orgánica de una consellería y cuáles son sus principales funciones?
Solución:
- 1Identificar que dentro de la estructura de las consellerías existen tres niveles: superiores, directivos y administrativos
- 2Reconocer que los directores generales son el cargo más alto dentro de los órganos directivos
- 3Enumerar sus funciones principales: proponer resoluciones a órganos superiores, elevar informes anuales sobre funcionamiento, coste y rendimiento del departamento
- 4Incluir la función de informar sobre modificaciones de leyes, reglamentos u otros órganos superiores
El director general es el cargo más alto en la estructura directiva de una consellería, con funciones de proponer resoluciones y elevar informes anuales sobre el funcionamiento de su departamento.
Verificación: Verificar en el artículo correspondiente de la Ley 5/1983 que efectivamente el director general ostenta estas competencias
Organización de la Generalitat Valenciana: Consellerías y funciones de los conselleres
Introducción
La Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, establece la estructura organizativa de la administración de la Generalitat Valenciana. El tema 8 de esta ley está estrechamente relacionado con los temas 6 y 7, formando un conjunto coherente que explica de forma progresiva cómo se organiza y funciona la administración valenciana.
En este artículo analizamos en profundidad la organización por consellerías, las funciones de los conselleres, la estructura de los órganos de gobierno y el régimen de responsabilidad aplicable a los miembros del Consell.
Organización de la Administración por Consellerías
Concepto de Consellería
La administración de la Generalitat Valenciana se organiza por consellerías o departamentos. Cada consellería constituye una unidad administrativa equivalente a un ministerio en el ámbito estatal, con competencias específicas en determinadas materias.
Al frente de cada consellería hay siempre un miembro del Consell, es decir, un conseller, que ejerce funciones ejecutivas como jefe del departamento.
Funciones de los Conselleres
Los conselleres, en su doble condición de miembros del Consell y jefes de departamento, tienen las siguientes funciones principales:
-
Asistir a las reuniones del Consell: Es una obligación esencial como miembros del órgano colegiado de gobierno.
-
Proponer nombramientos y ceses: Deben proponer al Consell el nombramiento y el cese de los cargos de su departamento.
-
Preparar anteproyectos normativos: Preparan y presentan al Consell los anteproyectos de ley, propuestas y decretos legislativos correspondientes a su departamento.
-
Formular presupuestos: Formulan motivadamente los anteproyectos de los presupuestos de sus consellerías.
-
Ejecutar acuerdos: Ejecutan los acuerdos del Consell en el marco de sus competencias.
-
Resolver conflictos: Resuelven los conflictos que puedan surgir respecto a las atribuciones entre los distintos órganos y autoridades de su consellería.
Principios de Actuación de la Administración Pública
La Administración pública de la Generalitat se organiza y actúa con personalidad jurídica única bajo los siguientes principios fundamentales:
- Eficacia: Orientación hacia el cumplimiento efectivo de los objetivos públicos.
- Publicidad: Transparencia en la actuación administrativa.
- Jerarquía: Estructura vertical de mando y dependencia.
- Descentralización: Transferencia de competencias a entes territoriales.
- Desconcentración: Delegación de funciones a órganos inferiores.
- Coordinación: Actuación armónica entre los distintos órganos.
Estos principios son comunes a todas las administraciones públicas españolas, tal como establece la Constitución Española y la legislación básica estatal.
Estructura Orgánica de las Consellerías
Reglamento Orgánico
Según el artículo 64, el Consell aprueba un reglamento orgánico de cada consellería, que regula su organización interna y funcionamiento.
Tres Niveles de Organización
El artículo 66 establece que la organización de las consellerías se estructura en tres niveles:
1. Órganos Superiores
Son los órganos de mayor rango jerárquico:
- Conseller: Máxima autoridad de la consellería.
- Secretarios autonómicos: Órganos con funciones ejecutivas creados bajo dependencia del presidente, vicepresidente o conseller.
2. Órganos Directivos
Son los órganos de dirección técnica y administrativa:
- Subsecretarios: Responsables de inspecciones, jefatura de personal y planificación.
- Directores generales: Máximo cargo dentro del nivel directivo, con funciones de propuesta y gestión.
3. Órganos Administrativos
Son los órganos de gestión ordinaria de la administración.
Funciones de los Secretarios Autonómicos
Según el artículo 68, los secretarios autonómicos:
- Se crean bajo dependencia del presidente, vicepresidente o conseller.
- Tienen funciones de carácter ejecutivo.
- Pueden ejercer facultades inherentes a una competencia determinada.
- Pueden atribuir normas de creación a ciertos órganos.
- Impulsan y coordinan los programas y la ejecución de proyectos de los centros directivos.
Funciones de las Subsecretarías
Las subsecretarías se crean bajo la directa dependencia del presidente o de cada conseller y desempeñan las siguientes funciones:
- Inspecciones de servicios: Control y supervisión del funcionamiento de los servicios.
- Jefatura del personal: Ostentan la jefatura de todo el personal del departamento.
- Elaboración de proyectos: Preparan proyectos o planes de actuación según las necesidades de la consellería.
- Asistencia técnica: Prestan asistencia técnica al conseller, secretario autonómico y directores generales.
- Informes de viabilidad: Informan al personal directivo sobre la procedencia legal y viabilidad económica de los programas de actuación.
Funciones de los Directores Generales
El director general es el cargo más alto dentro de los órganos directivos. Sus funciones principales son:
-
Proponer resoluciones: Proponen a sus órganos superiores las resoluciones que estimen procedentes en asuntos de su competencia.
-
Elevar informes anuales: Cada año elevan a sus órganos superiores un informe sobre:
- Funcionamiento del departamento
- Coste de los servicios
- Rendimiento obtenido
-
Informar sobre modificaciones normativas: Comunican las modificaciones que se produzcan en leyes, reglamentos u otros órganos superiores.
Consellería de Justicia
La consellería que tenga asignada la materia de justicia puede crear reglamentariamente un centro directivo cuyo titular ostentará las competencias en materia del personal al servicio de la Administración de Justicia de la Generalitat Valenciana.
Organización Territorial de las Consellerías
Los artículos 74, 75 y 76 regulan la organización territorial de las consellerías, distinguiendo entre servicios centrales y periféricos.
Servicios Centrales (Artículo 75)
Los servicios centrales tienen competencia sobre todo el territorio de la Comunidad Valenciana. Son las estructuras que gestionan las políticas y programas con alcance autonómico.
Servicios Periféricos (Artículo 76)
Los servicios periféricos solo tienen competencia dentro de su ámbito territorial específico. El artículo 76 se basa en los artículos 65 y 66 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.
Delegación de Competencias
El artículo 63 establece que el ejercicio de las competencias propias de cada órgano puede ser delegado por un órgano jerárquico inmediatamente inferior, salvo que, según el principio de eficacia, no pueda trasladarse esa competencia a otro órgano.
Esta previsión permite flexibilizar la gestión administrativa manteniendo la coherencia del sistema jerárquico.
Responsabilidad de los Miembros del Consell
Los artículos 77, 78 y 71 regulan el régimen de responsabilidad, aunque no es necesario memorizarlos literalmente para el examen.
Responsabilidad Penal y Civil
La responsabilidad penal y civil del presidente de la Generalitat y de los miembros del Consell siempre se reclama ante:
- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana
- El Tribunal Supremo
Este fuero especial garantiza que los máximos responsables del gobierno autonómico sean juzgados por tribunales de rango superior.
Responsabilidad Patrimonial de la Administración
La responsabilidad patrimonial de la Administración pública de la Generalitat es exigible por toda lesión que, como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos, puedan sufrir los ciudadanos en:
- Sus bienes
- Sus derechos
Esta responsabilidad objetiva protege a los ciudadanos frente a los daños causados por la actividad administrativa, independientemente de que exista culpa o negligencia.
Resumen de la Estructura Jerárquica
| Nivel | Órganos | Funciones principales |
|---|---|---|
| Superiores | Conseller, Secretarios autonómicos | Dirección política, coordinación de programas |
| Directivos | Subsecretarios, Directores generales | Gestión técnica, inspección, jefatura de personal |
| Administrativos | Diversos | Gestión ordinaria |
Conclusión
La organización de la Generalitat Valenciana por consellerías responde a un modelo departamental clásico, donde cada área de gobierno está dirigida por un conseller con amplias funciones ejecutivas. La estructura en tres niveles (superiores, directivos y administrativos) permite una gestión eficaz combinando la dirección política con la gestión técnica especializada.
El conocimiento de esta estructura es fundamental para entender el funcionamiento de la administración autonómica valenciana y resulta esencial para los opositores que aspiran a trabajar en la Administración de la Comunidad Valenciana.
Errores comunes
Confundir los órganos superiores con los órganos directivos
Los órganos superiores son el conseller y los secretarios autonómicos; los directivos son subsecretarios y directores generales
Recordar la jerarquía: Superiores (conseller + secretarios autonómicos) → Directivos (subsecretarios + directores generales) → Administrativos
Pensar que el director general es el máximo cargo de la consellería
El director general es el máximo cargo directivo, pero el conseller es quien dirige la consellería
Distinguir entre el nivel superior (conseller como jefe del departamento) y el nivel directivo (director general como cargo más alto de ese nivel)
Confundir servicios centrales y periféricos
Error al atribuir competencias territoriales a cada tipo de servicio
Servicios centrales = competencia sobre todo el territorio de la CV. Servicios periféricos = competencia solo en su ámbito territorial específico
Creer que la responsabilidad penal de los miembros del Consell se reclama ante cualquier tribunal
Desconocer el fuero especial de los miembros del Consell
La responsabilidad penal y civil del presidente y miembros del Consell se reclama ante el Tribunal Superior de Justicia de la CV o ante el Tribunal Supremo
Glosario
- Consellería
- Departamento de la administración de la Generalitat Valenciana dirigido por un conseller con funciones ejecutivas, equivalente a un ministerio a nivel estatal.
- Conseller
- Miembro del Consell que dirige una consellería o departamento con funciones ejecutivas, responsable de asistir a reuniones del Consell, proponer nombramientos y preparar anteproyectos de ley.
- Secretario autonómico
- Órgano superior creado bajo la dependencia del presidente, vicepresidente o conseller, con funciones ejecutivas para impulsar y coordinar programas y proyectos de centros directivos.
- Subsecretaría
- Órgano directivo bajo la dependencia directa del presidente o conseller, encargado de inspecciones de servicios, jefatura del personal del departamento y elaboración de proyectos o planes de actuación.
- Director general
- Máximo cargo dentro de los órganos directivos de una consellería, encargado de proponer resoluciones y elevar informes anuales sobre funcionamiento, coste y rendimiento del departamento.
- Servicios centrales
- Estructuras organizativas de las consellerías con competencia sobre todo el territorio de la Comunidad Valenciana.
- Servicios periféricos
- Estructuras organizativas de las consellerías con competencia limitada a un ámbito territorial específico dentro de la Comunidad Valenciana.
- Responsabilidad patrimonial
- Obligación de la Administración pública de la Generalitat de responder por las lesiones que sufran los ciudadanos en sus bienes o derechos como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.
- Reglamento orgánico
- Norma aprobada por el Consell que regula la organización interna de cada consellería según el artículo 64 de la Ley 5/1983.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se organiza la administración de la Generalitat Valenciana?
Se organiza en consellerías o departamentos, cada uno dirigido por un conseller con funciones ejecutivas.
La administración de la Generalitat Valenciana se estructura por consellerías o departamentos. Al frente de cada una hay un miembro del Consell (conseller) con funciones ejecutivas. Cada consellería se organiza en tres niveles: órganos superiores (conseller y secretarios autonómicos), directivos (subsecretarios y directores generales) y administrativos.
¿Cuáles son las principales funciones de los conselleres?
Asistir a reuniones del Consell, proponer nombramientos y ceses, preparar anteproyectos de ley, formular presupuestos y resolver conflictos en su departamento.
Los conselleres deben: asistir a las reuniones del Consell, proponer el nombramiento y cese de cargos de su departamento, preparar y presentar anteproyectos de ley y decretos legislativos, formular los anteproyectos de presupuestos de las consellerías, ejecutar los acuerdos del Consell en sus competencias y resolver conflictos entre órganos y autoridades de su consellería.
¿Qué principios rigen la actuación de la Administración pública de la Generalitat?
Eficacia, publicidad, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.
La Administración pública de la Generalitat se organiza y actúa con personalidad jurídica única bajo los principios de eficacia, publicidad, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación. Estos principios son comunes a todas las administraciones públicas españolas.
¿Cuáles son los tres niveles de organización de las consellerías?
Órganos superiores, directivos y administrativos.
Según el artículo 66, las consellerías se estructuran en tres niveles: órganos superiores (conseller y secretarios autonómicos), órganos directivos (subsecretarios y directores generales) y órganos administrativos.
¿Quién es el cargo más alto dentro de los órganos directivos de una consellería?
El director general es el cargo más alto dentro de los órganos directivos.
Dentro de los órganos directivos de una consellería, el director general es el cargo más alto. Sus funciones incluyen proponer resoluciones a órganos superiores en asuntos de su competencia y elevar anualmente informes sobre funcionamiento, coste y rendimiento de su departamento.
¿Qué funciones tiene la subsecretaría?
Inspecciones de servicios, jefatura del personal del departamento y elaboración de proyectos o planes de actuación.
La subsecretaría, bajo dependencia directa del presidente o conseller, se encarga de: inspecciones de servicios, ostentar la jefatura de todo el personal del departamento, elaborar proyectos o planes de actuación según necesidades de la consellería, prestar asistencia técnica al conseller, secretario autonómico y directores generales, e informar al personal directivo sobre la procedencia legal y viabilidad económica de los programas.
¿Qué diferencia hay entre servicios centrales y periféricos?
Los servicios centrales tienen competencia sobre todo el territorio de la CV; los periféricos solo en su ámbito territorial específico.
Según los artículos 75 y 76, los servicios centrales tienen competencia sobre todo el territorio de la Comunidad Valenciana, mientras que los servicios periféricos solo tienen competencia dentro de su ámbito territorial específico.
¿Ante qué tribunal se reclama la responsabilidad penal y civil del presidente y los conselleres?
Ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana o ante el Tribunal Supremo.
La responsabilidad penal y civil del presidente de la Generalitat y de los miembros del Consell siempre se reclama ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana o ante el Tribunal Supremo. Este fuero especial está recogido en los artículos 77, 78 y 71 de la ley.
¿Qué es la responsabilidad patrimonial de la Administración de la Generalitat?
Es la obligación de responder por los daños que sufran los ciudadanos en sus bienes o derechos por el funcionamiento de los servicios públicos.
La responsabilidad patrimonial de la Administración pública de la Generalitat es exigible por toda lesión que, como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos, puedan sufrir los ciudadanos en sus bienes o derechos.
¿Se puede delegar el ejercicio de competencias de un órgano a otro?
Sí, puede delegarse al órgano jerárquico inmediatamente inferior, salvo que por eficacia no sea posible.
Según el artículo 63, el ejercicio de las competencias propias de cada órgano puede ser delegado por un órgano jerárquico inmediatamente inferior, salvo que, según el principio de eficacia, no pueda trasladarse esa competencia a otro órgano.
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