Organigrama y competencias del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Respuesta rápida
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones es el departamento ministerial con competencias en Seguridad Social, del que dependen la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones, las entidades gestoras (INSS, INGESA, IMSERSO, SEPE, ISM), los servicios comunes (Tesorería General de la Seguridad Social) y las mutuas colaboradoras, que son asociaciones privadas de empresarios sin ánimo de lucro.
Puntos clave
Órgano superior
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones encabeza la gestión de la Seguridad Social
Entidades gestoras
INSS, INGESA, IMSERSO, SEPE e ISM gestionan prestaciones específicas como entes de derecho público
Caja única
La TGSS unifica todos los recursos financieros aplicando el principio de solidaridad financiera
Mutuas colaboradoras
Asociaciones privadas de empresarios sin ánimo de lucro que requieren 50 empresarios y 300.000 trabajadores
Colaboración empresarial
Las empresas colaboran de forma obligatoria (pago de prestaciones) y voluntaria (tres supuestos de IT)
Ejemplo resuelto
Problema Una empresa quiere constituirse como mutua colaboradora de la Seguridad Social. ¿Qué requisitos debe cumplir?
Una empresa quiere constituirse como mutua colaboradora de la Seguridad Social. ¿Qué requisitos debe cumplir?
Solución:
- 1Verificar que existe una concurrencia mínima de 50 empresarios promotores
- 2Comprobar que entre todas las empresas emplean un mínimo de 300.000 trabajadores O tienen un volumen de cotización no inferior a 20 millones de euros anuales
- 3Solicitar la autorización del Ministerio encargado de Asuntos Laborales y Seguridad Social
- 4Inscribirse en el registro especial dependiente de dicho ministerio
Para constituir válidamente una mutua se requiere: mínimo 50 empresarios, 300.000 trabajadores o 20 millones de euros de cotización anual, autorización ministerial e inscripción en el registro especial.
Verificación: Verificar que se cumplen los requisitos del artículo 80-101 de la Ley General de Seguridad Social
Gestión de la Seguridad Social: Organigrama del Ministerio de Inclusión y Entidades Gestoras
Introducción
La gestión de la Seguridad Social en España se articula a través de una compleja estructura administrativa encabezada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Este departamento ministerial coordina las políticas de protección social, mientras que la ejecución práctica recae en diversas entidades gestoras y servicios comunes que desarrollan funciones específicas.
En esta lección analizaremos el organigrama ministerial, las competencias de cada órgano y el papel de las mutuas colaboradoras y empresas en la gestión del sistema.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones es el departamento ministerial que ostenta las competencias en materia de Seguridad Social dentro de ciertas clases pasivas. Además, tiene encomendada la elaboración y desarrollo de la política de gobierno en materia de:
- Extranjería
- Inmigración
- Migraciones
- Políticas de inclusión
Estructura orgánica
Como órgano superior se encuentra el propio Ministerio, del que dependen directamente:
-
Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones: órgano principal para todo lo relacionado con pensiones y prestaciones.
-
Gabinete: órgano de apoyo al Secretario de Estado con nivel orgánico de dirección general.
Organigrama detallado
Bajo la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones encontramos los siguientes órganos:
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social
Es un órgano directivo con amplias funciones de ordenación y planificación:
- Desarrollo de la ordenación jurídica, económica y financiera de la Seguridad Social
- Elaboración de informes económicos y preceptivos
- Diseño, desarrollo y mantenimiento del sistema estadístico de la Seguridad Social
- Elaboración del anteproyecto de presupuestos de la Seguridad Social
- Seguimiento económico y presupuestario de las entidades gestoras
- Tramitación de modificaciones presupuestarias de las entidades gestoras
- Conocimiento de los estados de contabilidad de las mutuas colaboradoras
- Elaboración, publicación y distribución de las muestras continuas de vidas laborales
- Evaluación de la gestión económica de las mutuas colaboradoras
Intervención General de la Seguridad Social
Con rango orgánico propio y bajo la dependencia funcional de la Intervención General, es el órgano de control interno y de dirección y gestión de la contabilidad de las entidades de la Seguridad Social.
Sus competencias incluyen:
- Control interno mediante el ejercicio de funciones interventoras y actuaciones de control financiero
- Dirección de la contabilidad pública en el ámbito de la Seguridad Social
- Asesoramiento de los órganos de gestión derivado de las funciones de control
Actúa como jefatura superior de todas las intervenciones delegadas en las entidades gestoras y de servicios comunes de la Administración institucional en materia de Seguridad Social.
Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social
Órgano encargado del asesoramiento jurídico del sistema.
Entidades Gestoras de la Seguridad Social
Dentro de la estructura ministerial, las tareas concretas de gestión y administración del sistema de Seguridad Social son asumidas por las entidades gestoras, reguladas en los artículos 66 y 77 de la Ley General de Seguridad Social.
Características generales
Las entidades gestoras de la Seguridad Social son:
- Entes de derecho público
- Con capacidad jurídica propia
- Tienen a su cargo la gestión y administración de la Seguridad Social
- Actúan bajo la dirección y tutela de los distintos departamentos ministeriales
Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
El INSS está adscrito al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Se le encomienda:
- El reconocimiento y control del derecho a las prestaciones económicas
- La gestión del sistema de Seguridad Social en su modalidad contributiva
Es la entidad gestora más importante en cuanto a prestaciones económicas contributivas.
Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA)
Fue asumido en 1978 por el Instituto Nacional de la Salud. Se encarga de la gestión sanitaria en las comunidades autónomas que no tienen transferidas estas competencias.
Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO)
Desarrolla funciones históricamente encomendadas en materia de calidad para personas mayores, incluyendo:
- Gestión de prestaciones de invalidez en modalidades no contributivas
- Gestión de prestaciones de jubilación en modalidades no contributivas
Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
Antiguo INEM, tiene encomendadas:
- La ordenación, desarrollo y seguimiento de programas y medidas de políticas de empleo
- La gestión de prestaciones por desempleo
- La coordinación territorial en materia de empleo
Instituto Social de la Marina (ISM)
Entidad gestora específica para el sector marítimo-pesquero, con funciones adaptadas a las particularidades de este colectivo.
Servicios Comunes de la Seguridad Social
Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)
La TGSS se configura como un servicio común con personalidad jurídica propia. Por aplicación de los principios de solidaridad financiera y caja única, unifica todos los recursos financieros del sistema.
Competencias de la TGSS
- Inscripción de empresas en el momento de su apertura
- Gestión de cuentas de cotización
- Gestión liquidatoria administrativa de determinadas deudas
- Gestión recaudatoria de las deudas de la Seguridad Social
- Tramitación de aplazamientos y fraccionamientos de pagos
Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social
Reguladas con carácter básico en los artículos 80 a 101 de la Ley General de Seguridad Social.
Naturaleza jurídica y características
Las mutuas colaboradoras son:
- Asociaciones privadas de empresarios
- Actúan en régimen de responsabilidad mancomunada
- Sin ánimo de lucro
- Bajo la tutela del Ministerio encargado de Asuntos Laborales y de Seguridad Social
Requisitos de constitución
Para su válida constitución se requiere:
- Autorización del Ministerio correspondiente
- Inscripción en el registro especial dependiente del mismo
La mutua se constituye mediante un proceso de promoción por parte de los empresarios, requiriendo:
- Concurrencia mínima de 50 empresarios
- Que empleen un mínimo de 300.000 trabajadores, O
- Un volumen de cotización no inferior a 20 millones de euros anuales
Colaboración de las Empresas
La colaboración de las empresas está prevista con carácter general en el artículo 102 de la Ley General de Seguridad Social.
Colaboración obligatoria
Consiste en asumir por parte de la empresa el pago a los trabajadores de las prestaciones económicas de la Seguridad Social.
Colaboración voluntaria
Regulada en el artículo 102, apartado 1, establece tres supuestos:
-
Pago por la empresa y a su cargo de las prestaciones por incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional
-
Pago por la empresa y a su cargo de las prestaciones económicas por incapacidad temporal derivada de enfermedad común o que no tenga relación con el ámbito laboral
-
Pago delegado de las prestaciones económicas por incapacidad temporal, según se determine reglamentariamente
Resumen
La gestión de la Seguridad Social española se estructura en tres niveles:
-
Nivel ministerial: El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones como órgano superior, con la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones y sus direcciones generales.
-
Nivel de gestión directa: Las entidades gestoras (INSS, INGESA, IMSERSO, SEPE, ISM) y los servicios comunes (TGSS) como ejecutores de las políticas de protección social.
-
Nivel de colaboración: Las mutuas colaboradoras y las empresas, que participan en la gestión mediante mecanismos de colaboración obligatoria y voluntaria.
Esta estructura garantiza la aplicación de los principios de solidaridad financiera y caja única, mientras permite una gestión especializada de las distintas prestaciones del sistema de Seguridad Social español.
Errores comunes
Confundir las entidades gestoras con los servicios comunes de la Seguridad Social
Las entidades gestoras (INSS, ISM, INGESA, IMSERSO, SEPE) gestionan prestaciones específicas; los servicios comunes (TGSS) unifican recursos financieros
Recordar que la TGSS es el único servicio común y aplica los principios de solidaridad financiera y caja única
Pensar que las mutuas colaboradoras son entidades públicas
Error al asignarles naturaleza jurídica pública
Las mutuas son asociaciones PRIVADAS de empresarios, sin ánimo de lucro, bajo tutela ministerial
No distinguir entre colaboración obligatoria y voluntaria de las empresas
Mezclar los supuestos de ambos tipos de colaboración
La obligatoria es el pago de prestaciones económicas; la voluntaria incluye tres supuestos específicos de IT
Glosario
- INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social)
- Entidad gestora adscrita al Ministerio de Inclusión, encargada del reconocimiento y control del derecho a prestaciones económicas del sistema de Seguridad Social en su modalidad contributiva.
- TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social)
- Servicio común con personalidad jurídica propia que unifica los recursos financieros de la Seguridad Social, aplicando los principios de solidaridad financiera y caja única.
- Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social
- Asociaciones privadas de empresarios que actúan en régimen de responsabilidad mancomunada y sin ánimo de lucro, bajo tutela del Ministerio encargado de Asuntos Laborales.
- INGESA (Instituto Nacional de Gestión Sanitaria)
- Entidad gestora que asumió las funciones del Instituto Nacional de la Salud en 1978, encargada de la gestión sanitaria en comunidades autónomas sin competencias transferidas.
- IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales)
- Entidad gestora que desarrolla funciones en materia de calidad para personas mayores y gestiona prestaciones de invalidez y jubilación en modalidades no contributivas.
- SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal)
- Antiguo INEM, entidad encargada de gestionar prestaciones por desempleo y desarrollar programas y políticas de empleo.
- ISM (Instituto Social de la Marina)
- Entidad gestora específica para el sector marítimo-pesquero dentro del sistema de Seguridad Social.
- Colaboración obligatoria de empresas
- Obligación de la empresa de asumir el pago a los trabajadores de las prestaciones económicas de la Seguridad Social.
- Incapacidad temporal (IT)
- Situación de baja laboral por enfermedad común, enfermedad profesional o accidente, que genera derecho a prestaciones económicas.
- Principio de caja única
- Principio por el cual todos los recursos financieros de la Seguridad Social se unifican en la Tesorería General.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el órgano superior del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones?
El propio Ministerio es el órgano superior, del que depende la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones es el órgano superior. De él dependen la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones (para temas de pensiones) y un Gabinete de apoyo al Secretario de Estado.
¿Qué entidades gestoras componen la Seguridad Social?
INSS, INGESA, IMSERSO, SEPE e Instituto Social de la Marina (ISM).
Las entidades gestoras son entes de derecho público con capacidad jurídica: el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA), el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y el Instituto Social de la Marina (ISM).
¿Qué diferencia hay entre entidades gestoras y servicios comunes?
Las entidades gestoras gestionan prestaciones específicas; los servicios comunes (TGSS) unifican recursos financieros.
Las entidades gestoras tienen a su cargo la gestión y administración de prestaciones específicas de la Seguridad Social. Los servicios comunes, representados por la Tesorería General de la Seguridad Social, unifican los recursos financieros aplicando los principios de solidaridad financiera y caja única.
¿Qué requisitos se necesitan para constituir una mutua colaboradora?
Mínimo 50 empresarios con 300.000 trabajadores o 20 millones de euros de cotización anual, autorización ministerial e inscripción registral.
Se requiere la concurrencia mínima de 50 empresarios que empleen un mínimo de 300.000 trabajadores o tengan un volumen de cotización no inferior a 20 millones de euros anuales. Además, necesitan autorización del Ministerio e inscripción en el registro especial.
¿Las mutuas colaboradoras son entidades públicas o privadas?
Son asociaciones privadas de empresarios, sin ánimo de lucro, bajo tutela ministerial.
Las mutuas colaboradoras son asociaciones privadas de empresarios que actúan en régimen de responsabilidad mancomunada y sin ánimo de lucro, bajo la tutela del Ministerio encargado de Asuntos Laborales y de Seguridad Social.
¿Cuáles son las funciones de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social?
Desarrollo de ordenación jurídica, económica y financiera; elaboración de informes; diseño del sistema estadístico; elaboración del anteproyecto de presupuestos.
Sus funciones incluyen: desarrollo de funciones económico-financieras, elaboración de informes económicos, diseño y mantenimiento del sistema estadístico, elaboración del anteproyecto de presupuestos, seguimiento económico y presupuestario de entidades gestoras, tramitación de modificaciones presupuestarias y conocimiento de estados de contabilidad de las mutuas.
¿Qué competencias tiene la Tesorería General de la Seguridad Social?
Inscripción de empresas, gestión de cuentas de cotización, gestión liquidatoria de deudas y gestión recaudatoria.
La TGSS tiene competencias en: inscripción de empresas en el momento de su apertura, gestión de cuentas de cotización, gestión liquidatoria administrativa de determinadas deudas, gestión recaudatoria de deudas de la Seguridad Social incluyendo aplazamientos y fraccionamientos de pagos.
¿En qué consiste la colaboración obligatoria de las empresas?
En asumir el pago a los trabajadores de las prestaciones económicas de la Seguridad Social.
La colaboración obligatoria, prevista en el artículo 102 de la Ley General de Seguridad Social, consiste en que la empresa asume el pago a los trabajadores de las prestaciones económicas de la Seguridad Social.
¿Cuáles son los supuestos de colaboración voluntaria de las empresas?
Tres supuestos relacionados con el pago de prestaciones por incapacidad temporal.
Los tres supuestos son: 1) Pago por la empresa de prestaciones por IT derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional; 2) Pago de prestaciones por IT derivada de enfermedad común; 3) Pago delegado de prestaciones económicas por IT según se determine reglamentariamente.
¿Qué función tiene la Intervención General de la Seguridad Social?
Control interno, dirección de la contabilidad pública y asesoramiento a órganos de gestión.
Sus funciones son: control interno mediante funciones interventoras y actuaciones de control financiero, dirección de la contabilidad pública en el ámbito de la Seguridad Social, y asesoramiento de los órganos de gestión derivado de las funciones de control. Es jefatura superior de todas las intervenciones delegadas en entidades gestoras.
Artículos relacionados
Comités de Seguridad y Salud: Órgano de Prevención de Riesgos Laborales
El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario de consulta en prevención de riesgos laborales, obligatorio en centros con 50+ trabajadores.
Representación del Poder Judicial en España: Estructura Territorial
Estructura de representación del poder judicial en comunidades autónomas, provincias y salas especializadas. Funciones del TSJ y delegación de competencias.
Salas de Gobierno del Poder Judicial Español: Composición y Funciones
Guía completa sobre las Salas de Gobierno que apoyan al CGPJ: estructura, funciones, elección de miembros y funcionamiento interno del gobierno de los tribunales.
Estrategias Efectivas de Estudio para Preparar Oposiciones
Guía completa con estrategias de planificación, técnicas de estudio y consejos de bienestar para preparar oposiciones de forma efectiva y sostenible.
Oposición Administrativo Seguridad Social: Funciones, Sueldo y Destinos
Guía completa sobre el Cuerpo Administrativo de la Seguridad Social: funciones en TGSS, INSS e ISM, retribución con 16 pagas anuales y oportunidades de promoción interna.
Estrategias de Estudio para el Tema 19: Documentos, Registros y Archivos
Aprende a enfocar el estudio del Tema 19 sobre documentos, registros y archivos con estrategias efectivas para maximizar tu rendimiento en el examen.
¿Quieres aprender más sobre este tema?
Este contenido es parte del curso Administrativo Seguridad Social de Oposiciones Ucademy. Contacta con nosotros para más información o descarga este artículo en PDF.