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El Código Civil Español: Estructura, Personas y Matrimonio para Oposiciones

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Respuesta rápida

El Código Civil español (Real Decreto de 24 de julio de 1889) se estructura en un Título Preliminar sobre normas jurídicas y cuatro libros que regulan las personas (naturales y jurídicas), los bienes, los modos de adquirir la propiedad, y las obligaciones y contratos. Las fuentes del derecho son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho, y las leyes entran en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE salvo disposición contraria.

Puntos clave

📚

Estructura del Código Civil

Título Preliminar + 4 Libros: Personas, Bienes, Modos de adquirir propiedad, Obligaciones y contratos

⚖️

Fuentes del Derecho

Ley, costumbre y principios generales del derecho, en ese orden jerárquico (Art. 1)

📅

Entrada en vigor de leyes

20 días desde la publicación completa en el BOE, salvo disposición contraria

🚫

Ignorancia de la ley

No excusa de su cumplimiento (Art. 6)

👤

Personalidad civil

Se adquiere con el nacimiento, con vida y tras el entero desprendimiento del seno materno

🏠

Vecindad civil

Se adquiere por 2 años de residencia (con declaración) o 10 años (automática)

💍

Matrimonio

Requiere consentimiento; no pueden casarse menores no emancipados ni personas ya casadas

🎂

Mayoría de edad

Se adquiere a los 18 años; la emancipación es posible desde los 16 años

Paso a paso

1

Estudiar la estructura general del Código Civil: Título Preliminar y los cuatro libros

Por qué funciona: Proporciona una visión global del contenido y facilita la localización de artículos específicos
Error común: Confundir los contenidos de cada libro o no memorizar los rangos de artículos
2

Memorizar las fuentes del derecho: ley, costumbre y principios generales del derecho

Por qué funciona: Es una pregunta frecuente en oposiciones y fundamento del sistema jurídico español
Error común: Olvidar el orden jerárquico de las fuentes o añadir fuentes incorrectas
3

Aprender los plazos clave: 20 días para entrada en vigor de leyes, 2 años o 10 años para vecindad civil

Por qué funciona: Los plazos son datos objetivos que se preguntan frecuentemente en exámenes
Error común: Confundir los plazos de vacatio legis con otros plazos del Código
4

Distinguir claramente entre personas naturales (nacidas) y jurídicas (creadas)

Por qué funciona: Es una distinción fundamental que afecta a múltiples aspectos del Derecho Civil
Error común: No recordar que las personas jurídicas incluyen sociedades, asociaciones y empresas
5

Dominar los requisitos e impedimentos para contraer matrimonio

Por qué funciona: El matrimonio es un tema extenso en el Código Civil con múltiples supuestos de examen
Error común: Olvidar que los menores no emancipados no pueden contraer matrimonio

Ejemplos resueltos

Problema 1

Un extranjero adquiere la nacionalidad española. ¿Qué vecindad civil puede elegir?

Solución:

  1. 1Según el artículo 15 del Código Civil, el extranjero que adquiere la nacionalidad española debe optar por una vecindad civil
  2. 2Las opciones son: vecindad del lugar de residencia, vecindad del lugar de nacimiento, última vecindad de cualquiera de sus progenitores o adoptantes
  3. 3En defecto de las anteriores: vecindad civil del cónyuge
Respuesta

Puede elegir entre la vecindad del lugar de residencia, la del lugar de nacimiento, la última vecindad de cualquiera de sus progenitores o adoptantes, o la vecindad civil del cónyuge

Verificación: Verificar que la opción elegida corresponde a una de las cuatro posibilidades del artículo 15

Problema 2

¿Cuándo adquiere personalidad civil una persona natural según el Código Civil?

Solución:

  1. 1El artículo 29 establece que el nacimiento determina la personalidad
  2. 2Al concebido se le tiene por nacido para efectos favorables
  3. 3Condición: que nazca con vida una vez producido el entero desprendimiento del seno materno
Respuesta

La personalidad civil se adquiere con el nacimiento, siempre que el nacido tenga vida tras el completo desprendimiento del seno materno. Al concebido se le considera nacido para efectos favorables.

Verificación: Recordar que son dos requisitos acumulativos: nacer y estar vivo tras el desprendimiento completo

Problema 3

¿Quiénes no pueden contraer matrimonio según el Código Civil?

Solución:

  1. 1Menores de edad no emancipados (art. 46)
  2. 2Personas ligadas con vínculo matrimonial previo (art. 46)
  3. 3Parientes en línea recta por consanguinidad o adopción (art. 47)
  4. 4Colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado (art. 47)
  5. 5Condenados por participación en muerte dolosa del cónyuge o persona unida por relación análoga (art. 47)
Respuesta

No pueden contraer matrimonio: menores no emancipados, personas ya casadas, parientes en línea recta, colaterales hasta tercer grado por consanguinidad, y condenados por muerte dolosa del cónyuge anterior.

Verificación: Verificar que se incluyen todos los impedimentos de los artículos 46 y 47

El Código Civil Español: Guía Completa para Oposiciones de Guardia Civil

Introducción al Código Civil

El Código Civil español fue aprobado mediante Real Decreto de 24 de julio de 1889 y constituye el cuerpo legal fundamental que regula las relaciones civiles o privadas entre las personas en España. Este texto normativo es de estudio obligatorio para las oposiciones de Guardia Civil, formando parte del Tema 7 del temario oficial.

El Derecho Civil, como rama del ordenamiento jurídico, se ocupa de aspectos esenciales de la vida de las personas: el estado civil, los derechos y deberes familiares, la propiedad y derechos reales sobre las cosas, el régimen de obligaciones y contratos, y las disposiciones sobre herencias y sucesiones.

Estructura del Código Civil

El Código Civil español se organiza de manera sistemática en las siguientes partes:

Título Preliminar (Artículos 1-16)

Dedicado a las normas jurídicas, su aplicación y eficacia. Constituye la base teórica del ordenamiento jurídico civil español.

Libro Primero (Artículos 17-332)

Regula todo lo relativo a las personas, tanto naturales como jurídicas, incluyendo nacionalidad, vecindad civil, domicilio, matrimonio, filiación y tutela.

Libro Segundo (Artículos 333-608)

Trata sobre los bienes, la propiedad y sus modificaciones, estableciendo el régimen de los derechos reales.

Libro Tercero (Artículos 608-1087)

Aborda los diferentes modos de adquirir la propiedad, incluyendo la ocupación, donación y sucesiones.

Libro Cuarto (Artículos 1088-1976)

Dedica su contenido a las obligaciones y contratos, regulando las relaciones contractuales entre particulares.

Además, el Código incluye 13 disposiciones transitorias y 4 disposiciones adicionales que complementan su articulado.

Las Fuentes del Derecho

El artículo 1 del Código Civil establece de manera taxativa cuáles son las fuentes del ordenamiento jurídico español, ordenadas jerárquicamente:

  1. La Ley: Es la fuente principal y prevalente del Derecho. Toda norma con rango de ley prevalece sobre las demás fuentes.

  2. La Costumbre: Se aplica únicamente en defecto de ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral o al orden público y resulte probada.

  3. Los Principios Generales del Derecho: Se aplican en defecto de ley o costumbre, sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico.

Entrada en Vigor de las Leyes

Un aspecto fundamental para las oposiciones es conocer cuándo las leyes comienzan a producir efectos. El Código Civil establece que las leyes entrarán en vigor a los veinte días de su completa publicación en el Boletín Oficial del Estado, salvo que en las propias leyes se disponga otra cosa. Este período de veinte días se denomina técnicamente vacatio legis.

Derogación de las Leyes

Las leyes solo se derogan por otras posteriores. La derogación puede ser expresa (cuando la nueva ley indica qué normas quedan sin efecto) o tácita (cuando existe incompatibilidad entre la ley anterior y la posterior).

La Ignorancia de la Ley

El artículo 6 del Código Civil consagra un principio fundamental: "La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento". Este principio garantiza la seguridad jurídica, ya que las leyes se publican oficialmente y cualquier ciudadano puede conocerlas.

La Vecindad Civil

Concepto e Importancia

La vecindad civil es la condición que determina qué derecho civil (común o foral) se aplica a una persona. España cuenta con diversos regímenes jurídicos civiles que coexisten: el Derecho Civil común y los derechos forales de Cataluña, Aragón, Navarra, País Vasco, Galicia y Baleares.

Formas de Adquisición

La vecindad civil puede adquirirse de dos formas principales:

  1. Por residencia continuada de dos años: Requiere que la persona interesada manifieste expresamente su voluntad ante el Registro Civil.

  2. Por residencia continuada de diez años: Se adquiere automáticamente, sin necesidad de declaración, salvo que el interesado manifieste su voluntad en contrario.

Ambas inscripciones en el Registro Civil no necesitan ser reiteradas una vez realizadas.

Matrimonio y Vecindad Civil

Un punto importante a recordar: el matrimonio no altera la vecindad civil. Sin embargo, cualquiera de los cónyuges que no esté separado (legal o de hecho) puede optar en cualquier momento por la vecindad civil del otro.

Vecindad del Extranjero que Adquiere la Nacionalidad

El artículo 15 establece que el extranjero que adquiera la nacionalidad española debe elegir, en el momento de la adquisición, una de las siguientes vecindades:

  • La correspondiente al lugar de residencia
  • La del lugar de nacimiento
  • La última vecindad de cualquiera de sus progenitores o adoptantes
  • En defecto de las anteriores, la vecindad civil del cónyuge

En caso de duda, prevalecerá la vecindad civil del lugar de nacimiento.

Personas Naturales y Jurídicas

Personas Naturales

Las personas naturales (o físicas) son los seres humanos. El Código Civil regula cuándo comienza su personalidad jurídica en el artículo 29:

"El nacimiento determina la personalidad; pero el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables, siempre que nazca con las condiciones que expresa el artículo siguiente."

Estas condiciones son:

  • Nacer con vida
  • Haberse producido el entero desprendimiento del seno materno

Personas Jurídicas

Las personas jurídicas son entidades creadas por el Derecho (no nacidas), que tienen capacidad para ser titulares de derechos y obligaciones. Incluyen:

  • Sociedades (civiles y mercantiles)
  • Asociaciones
  • Fundaciones
  • Empresas

Mayoría de Edad y Emancipación

Según el artículo 315, la mayoría de edad se adquiere al cumplir los dieciocho años.

La emancipación es una institución que permite al menor de edad adquirir capacidad de obrar plena antes de los 18 años, siendo considerado mayor de edad para efectos civiles. Puede producirse a partir de los 16 años, aunque en algunas comunidades autónomas con derecho foral (como Aragón) puede adelantarse a los 14 años.

El Domicilio

Domicilio de las Personas Naturales

Para el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones civiles, el domicilio de las personas naturales es el lugar de su residencia habitual y, en su caso, el que determine la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Domicilio de las Personas Jurídicas

Cuando la ley que las crea o reconoce, o sus propios estatutos o reglas de funcionamiento, no fijen el domicilio de las personas jurídicas, se entenderá que lo tienen:

  1. En el lugar donde esté establecida su representación legal
  2. En defecto de lo anterior, donde ejerzan sus funciones principales

El Matrimonio

Derecho a Contraer Matrimonio

El Código Civil reconoce el derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio, estableciendo que el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo (modificación introducida en 2005 y consolidada en 2010).

Requisito Esencial: El Consentimiento

El artículo 45 es categórico: "No hay matrimonio sin consentimiento matrimonial". La condición, término o modo del consentimiento se tiene por no puesta, lo que significa que no se admiten consentimientos condicionados.

Impedimentos Matrimoniales

Los artículos 46 y 47 establecen quiénes no pueden contraer matrimonio:

Según el artículo 46:

  • Los menores de edad no emancipados
  • Los que estén ligados con vínculo matrimonial (personas ya casadas)

Según el artículo 47:

  • Los parientes en línea recta por consanguinidad o adopción
  • Los colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado
  • Los condenados por haber tenido participación en la muerte dolosa del cónyuge o persona con la que hubiera estado unida por análoga relación de afectividad a la conyugal

Formas de Celebración del Matrimonio

El Código Civil contempla dos formas de celebración:

1. Matrimonio Civil: Puede celebrarse ante las siguientes autoridades:

  • Juez de Primera Instancia
  • Juez de Paz
  • Alcalde del municipio donde se celebre
  • Secretario Judicial
  • Notario
  • Funcionario diplomático o consular encargado del Registro Civil en el extranjero

2. Matrimonio en Forma Religiosa: Se celebra ante un ministro de culto de las confesiones religiosas que tengan acuerdo con el Estado español.

Inscripción en el Registro Civil

El matrimonio debe inscribirse en el Registro Civil para hacerlo legal y efectivo. Esta inscripción es constitutiva de los efectos civiles del matrimonio.

Crisis Matrimoniales

Nulidad del Matrimonio

La nulidad matrimonial es la declaración judicial de que el matrimonio nunca fue válido por no cumplir los requisitos legales establecidos. El matrimonio nulo es un matrimonio que nace con vicios que lo invalidan.

Separación Matrimonial

La separación es un procedimiento reversible en el que los cónyuges cesan la convivencia pero mantienen el vínculo matrimonial. Puede terminar en:

  • Reconciliación (restauración de la convivencia)
  • Divorcio (disolución del vínculo)

Divorcio

El divorcio supone la disolución definitiva del matrimonio. A diferencia de la separación, pone fin al vínculo matrimonial de forma irreversible.

Ley Aplicable (Artículo 107)

El artículo 107 establece las normas de Derecho Internacional Privado aplicables:

  • La nulidad del matrimonio y sus efectos se determinan conforme a la ley aplicable a su celebración
  • La separación y el divorcio se rigen por las normas de la Unión Europea o las españolas de Derecho Internacional Privado

Conclusiones para el Opositor

El estudio del Código Civil para las oposiciones de Guardia Civil requiere especial atención a los siguientes aspectos:

  1. Memorizar los artículos clave: especialmente el 1 (fuentes del derecho), 6 (ignorancia de la ley), 29 (nacimiento y personalidad), 45-47 (matrimonio) y 315 (mayoría de edad).

  2. Conocer los plazos: 20 días para entrada en vigor de leyes, 2 y 10 años para vecindad civil, 16 años para emancipación, 18 años para mayoría de edad.

  3. Distinguir conceptos: persona natural vs. jurídica, separación vs. divorcio, nulidad vs. anulabilidad.

  4. Entender la estructura: saber localizar contenidos en el Título Preliminar y los cuatro Libros del Código.

El dominio de estos contenidos proporcionará una base sólida para responder las preguntas del examen relacionadas con el Derecho Civil.

Errores comunes

Error

Creer que la ignorancia de la ley exime de su cumplimiento

Cómo detectarlo

Cuando alguien argumenta desconocimiento para evitar responsabilidad

Cómo corregirlo

El artículo 6 establece claramente que 'la ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento'

Error

Confundir la entrada en vigor de las leyes con su publicación

Cómo detectarlo

Pensar que una ley es aplicable inmediatamente tras publicarse en el BOE

Cómo corregirlo

Las leyes entran en vigor a los 20 días de su completa publicación en el BOE, salvo que dispongan lo contrario

Error

Pensar que el matrimonio altera automáticamente la vecindad civil

Cómo detectarlo

Asumir que al casarse se adquiere la vecindad del cónyuge

Cómo corregirlo

El matrimonio NO altera la vecindad civil; los cónyuges pueden optar voluntariamente por la vecindad del otro

Error

Confundir mayoría de edad con emancipación

Cómo detectarlo

No distinguir entre los 18 años (mayoría de edad) y los 16 años (emancipación posible)

Cómo corregirlo

La mayoría de edad se adquiere a los 18 años (art. 315); la emancipación puede producirse a partir de los 16 años

Error

Olvidar que el consentimiento es requisito esencial del matrimonio

Cómo detectarlo

No mencionar el consentimiento al explicar requisitos matrimoniales

Cómo corregirlo

El artículo 45 establece que 'no hay matrimonio sin consentimiento matrimonial'

Glosario

Fuentes del Derecho
Según el artículo 1 del Código Civil, son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho, en ese orden jerárquico.
Vacatio legis
Período entre la publicación de una ley y su entrada en vigor. Por defecto, 20 días desde la publicación completa en el BOE.
Persona natural
Ser humano que ha nacido con vida tras el completo desprendimiento del seno materno. También llamada persona física.
Persona jurídica
Entidad creada por el derecho con capacidad para ser titular de derechos y obligaciones: sociedades, asociaciones, fundaciones, empresas.
Vecindad civil
Condición que determina qué derecho civil (común o foral) se aplica a una persona. Se adquiere por residencia continuada de 2 años (con declaración) o 10 años (automática).
Emancipación
Institución por la que un menor de edad (a partir de 16 años) adquiere capacidad de obrar plena, siendo considerado mayor de edad para efectos civiles.
Domicilio
Para personas naturales: lugar de residencia habitual. Para personas jurídicas: lugar de su representación legal o donde ejercen sus funciones principales.
Impedimentos matrimoniales
Circunstancias que impiden contraer matrimonio válidamente: minoría de edad no emancipada, vínculo matrimonial previo, parentesco prohibido.
Nulidad matrimonial
Declaración judicial de que un matrimonio nunca fue válido por no cumplir los requisitos legales establecidos.
Separación matrimonial
Situación reversible en la que los cónyuges cesan la convivencia pero mantienen el vínculo matrimonial, pudiendo reconciliarse o proceder al divorcio.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son las fuentes del derecho según el Código Civil español?

La ley, la costumbre y los principios generales del derecho, en ese orden jerárquico.

El artículo 1 del Código Civil establece tres fuentes del derecho ordenadas jerárquicamente: primero la ley, que es la fuente principal; segundo la costumbre, que se aplica en defecto de ley; y tercero los principios generales del derecho, que se aplican en defecto de ley o costumbre.

¿Cuándo entran en vigor las leyes en España?

A los 20 días de su completa publicación en el BOE, salvo que la propia ley disponga otro plazo.

Este período de 20 días se denomina vacatio legis y permite que los ciudadanos conozcan la norma antes de su aplicación. Sin embargo, la propia ley puede establecer un plazo diferente, ya sea más corto o más largo, indicándolo expresamente en su articulado.

¿Cuál es la diferencia entre persona natural y persona jurídica?

La persona natural es el ser humano nacido con vida; la persona jurídica es una entidad creada por el derecho (sociedades, asociaciones, etc.).

Las personas naturales adquieren personalidad con el nacimiento (tras el completo desprendimiento del seno materno y con vida). Las personas jurídicas son creaciones del ordenamiento jurídico, como sociedades, asociaciones, fundaciones o empresas, que tienen capacidad para ser titulares de derechos y obligaciones.

¿Cómo se adquiere la vecindad civil?

Por residencia continuada de 2 años (con declaración expresa) o de 10 años (automáticamente, sin declaración en contrario).

La vecindad civil determina qué derecho civil se aplica a una persona (común o foral). Se puede adquirir por dos vías: residencia de 2 años con declaración expresa ante el Registro Civil, o residencia de 10 años sin declaración en contrario. Ambas opciones se inscriben en el Registro Civil y no necesitan ser reiteradas.

¿El matrimonio cambia la vecindad civil de los cónyuges?

No. El matrimonio no altera la vecindad civil, aunque cada cónyuge puede optar voluntariamente por la del otro.

El Código Civil establece expresamente que el matrimonio no altera la vecindad civil. Sin embargo, cualquiera de los cónyuges (no separados legalmente o de hecho) puede optar en cualquier momento por la vecindad civil del otro, siendo esta una decisión voluntaria y no automática.

¿Qué vecindad civil adquiere un extranjero que obtiene la nacionalidad española?

Puede elegir entre la del lugar de residencia, la del lugar de nacimiento, la última de sus progenitores/adoptantes, o la del cónyuge.

El artículo 15 del Código Civil establece que el extranjero que adquiere la nacionalidad española debe optar, en el momento de la adquisición, por una de estas vecindades: la correspondiente al lugar de residencia, la del lugar de nacimiento, la última vecindad de cualquiera de sus progenitores o adoptantes, o en defecto de las anteriores, la vecindad civil del cónyuge.

¿Quiénes no pueden contraer matrimonio según el Código Civil?

Menores no emancipados, personas ya casadas, parientes en línea recta, colaterales hasta tercer grado y condenados por muerte dolosa del cónyuge.

Los artículos 46 y 47 establecen los impedimentos matrimoniales: no pueden casarse los menores de edad no emancipados, quienes estén ligados con vínculo matrimonial, los parientes en línea recta por consanguinidad o adopción, los colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado, y los condenados por participación en la muerte dolosa del cónyuge o persona con relación análoga.

¿A qué edad se adquiere la mayoría de edad en España?

A los 18 años, según el artículo 315 del Código Civil.

La mayoría de edad se adquiere al cumplir los 18 años. No obstante, existe la figura de la emancipación, que permite considerar al menor de edad como mayor para efectos civiles a partir de los 16 años. En algunas comunidades autónomas con derecho foral, como Aragón, la emancipación puede producirse a los 14 años.

¿Cuál es la estructura del Código Civil español?

Un Título Preliminar sobre normas jurídicas y cuatro libros: personas, bienes, modos de adquirir propiedad, y obligaciones y contratos.

El Código Civil se estructura en: Título Preliminar (arts. 1-16) sobre normas jurídicas, su aplicación y eficacia; Libro Primero (arts. 17-332) sobre las personas; Libro Segundo (arts. 333-608) sobre bienes, propiedad y modificaciones; Libro Tercero (arts. 608-1087) sobre modos de adquirir la propiedad; y Libro Cuarto (arts. 1088-1976) sobre obligaciones y contratos. Además incluye 13 disposiciones transitorias y 4 disposiciones adicionales.

¿Qué formas de celebración del matrimonio reconoce el Código Civil?

Matrimonio civil (ante juez, secretario judicial, notario o alcalde) y matrimonio religioso (ante ministro de culto).

El Código Civil reconoce la celebración del matrimonio en forma civil, ante autoridades competentes (juez de primera instancia, juez de paz, alcalde, secretario judicial, notario o funcionario diplomático en el extranjero), y en forma religiosa, ante un ministro de culto de las confesiones religiosas con acuerdo con el Estado. Ambas formas tienen los mismos efectos civiles una vez inscrito el matrimonio en el Registro Civil.

¿El desconocimiento de una ley exime de su cumplimiento?

No. El artículo 6 del Código Civil establece que la ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento.

Este es un principio fundamental del ordenamiento jurídico español recogido en el artículo 6 del Código Civil. La razón es que las leyes se publican oficialmente en el BOE, lo que garantiza su publicidad. Permitir el desconocimiento como excusa haría inviable la aplicación del derecho.

¿Cuál es el domicilio de las personas jurídicas?

El fijado en sus estatutos, el de su representación legal, o donde ejerzan sus funciones principales.

Cuando la ley que crea o reconoce a la persona jurídica, o sus propios estatutos o reglas de funcionamiento, no fijen el domicilio, se entenderá que lo tienen en el lugar donde esté establecida su representación legal o, en su defecto, donde ejerzan las principales funciones de la entidad.

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