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Delitos en el Derecho Penal Especial: homicidio, asesinato y más

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Policía Nacional
14:05
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Momentos clave del video

Respuesta rápida

El Derecho Penal Especial tipifica delitos contra la vida (homicidio doloso con pena de 10-15 años, asesinato de 15-25 años cuando concurre alevosía, precio o ensañamiento), contra la integridad moral (torturas y tratos degradantes), contra la libertad (coacciones sin violencia, amenazas con intimidación) y contra la libertad sexual (agresiones sexuales con violencia, violación con penetración, abusos sin violencia, y acoso en relaciones de superioridad).

Puntos clave

⚖️

Homicidio doloso

Matar con intención. Pena: 10-15 años. Causas de justificación: legítima defensa, estado de necesidad, cumplimiento de un deber.

🔪

Asesinato

Homicidio con alevosía, precio, ensañamiento o para facilitar/ocultar delito. Pena: 15-25 años.

💀

Suicidio

Es lícito en España. Lo punible es la cooperación necesaria: proporcionar medios a quien no puede suicidarse solo.

😰

Torturas

Provocar sufrimiento físico/mental. Se agrava cuando lo comete autoridad o funcionario público.

🔒

Coacciones vs Amenazas

Coacciones: manipulación sin violencia (chantajes). Amenazas: peligro grave con intimidación.

⚠️

Delitos sexuales

Agresión (violencia), violación (penetración), abuso (sin violencia), acoso (superioridad laboral/docente).

Ejemplos resueltos

Problema 1

Una persona empuja a su agresor durante una pelea y este cae, golpeándose la cabeza contra un bordillo y falleciendo. ¿Qué delito se ha cometido y existe alguna causa de justificación?

Solución:

  1. 1Identificar el resultado: muerte de una persona
  2. 2Analizar la intención: no había intención de matar, sino de defenderse
  3. 3Evaluar el contexto: existía una agresión previa (agresor)
  4. 4Verificar proporcionalidad: el empujón puede considerarse proporcional a la defensa
  5. 5Aplicar la causa de justificación: legítima defensa (art. 20.4 CP)
Respuesta

Podría configurarse homicidio doloso, pero con la causa de justificación de legítima defensa si se demuestra proporcionalidad, estado de necesidad o cumplimiento de un deber.

Verificación: Verificar que concurran los requisitos de la legítima defensa: agresión ilegítima, necesidad racional del medio empleado y falta de provocación suficiente.

Problema 2

Un jefe ofrece a una empleada un ascenso a cambio de mantener relaciones sexuales. ¿Qué delito se comete?

Solución:

  1. 1Identificar el contexto: relación de superioridad laboral
  2. 2Analizar la conducta: solicitud de favores sexuales
  3. 3Verificar elementos: no hay violencia ni intimidación física
  4. 4Comprobar el abuso de posición: el jefe aprovecha su cargo
  5. 5Clasificar según el art. 184 CP: acoso sexual
Respuesta

Se comete delito de acoso sexual (art. 184 CP), caracterizado por la situación de superioridad laboral y la solicitud de favores sexuales aprovechando dicha posición.

Verificación: El acoso sexual requiere: situación de superioridad (laboral, docente u otra), solicitud de naturaleza sexual, y que se condicione un beneficio o se amenace con un perjuicio.

Delitos en el Derecho Penal Especial: Guía Completa

El Derecho Penal Especial constituye la parte del ordenamiento jurídico que tipifica y sanciona los delitos específicos contenidos en el Código Penal español. Su función principal es proteger los bienes jurídicos más importantes de las personas: la vida, la integridad física y mental, la libertad y la libertad sexual.

El homicidio y sus formas

Homicidio doloso

El homicidio doloso se caracteriza por una acción clara de matar con intención de producir el resultado de muerte. Es un delito de resultado y de medios indeterminados, lo que significa que puede cometerse de múltiples formas, incluso utilizando medios diferentes a los inicialmente previstos por el autor.

Las penas para el homicidio doloso oscilan entre 10 y 15 años de prisión, acompañadas de inhabilitaciones absolutas. Un aspecto importante a considerar es que cuando el delito es cometido por una sola persona pero ocasiona más de una muerte, nos encontramos ante un concurso real de delitos.

Causas de justificación del homicidio

Existen circunstancias que pueden justificar un homicidio, eximiendo de responsabilidad penal:

  1. Legítima defensa: Cuando la acción homicida se produce en defensa propia con proporcionalidad. Por ejemplo, si durante una agresión empujas a tu agresor y este fallece al golpearse la cabeza, podría aplicarse esta causa de justificación.

  2. Estado de necesidad: Cuando se actúa para evitar un mal propio o ajeno.

  3. Cumplimiento de un deber: Especialmente relevante para miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que, en el ejercicio de sus funciones, deben usar sus armas de fuego de manera justificada (por ejemplo, ante situaciones con rehenes amenazados con armas).

Homicidio imprudente

Regulado en el artículo 142.1 del Código Penal, el homicidio imprudente se produce siempre por una imprudencia de características graves. La diferencia fundamental con el doloso es que no existe intención de matar, aunque el sujeto conoce que sus acciones pueden ocasionar ese daño.

No hay dolo directo, pero sí puede existir un resultado doloso eventual, cuando el autor acepta la posibilidad de causar la muerte sin desearla directamente.

El asesinato: homicidio cualificado

El asesinato, regulado en los artículos 139 y 140 del Código Penal, comparte con el homicidio el resultado de muerte, pero se diferencia por las circunstancias que concurren en su comisión.

Penas del asesinato

  • Pena estándar: 15 a 20 años de prisión
  • Pena agravada: 20 a 25 años cuando la víctima sea menor de 16 años o persona especialmente vulnerable

Circunstancias que califican el asesinato

Un homicidio se convierte en asesinato cuando concurre alguna de estas circunstancias:

  1. Alevosía: El agresor emplea medios que aseguran la ejecución del delito eliminando cualquier posibilidad de defensa por parte de la víctima.

  2. Precio o recompensa: El autor mata por encargo a cambio de una contraprestación económica.

  3. Ensañamiento: Se aumenta deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima, causándole padecimientos innecesarios.

  4. Para facilitar otro delito: La muerte se produce como medio para cometer otro delito.

  5. Para ocultar un delito anterior: Se mata para evitar ser descubierto por un delito previo.

El suicidio y la cooperación necesaria

Licitud del suicidio

Es fundamental comprender que el suicidio no es un acto ilícito en España. Cada persona tiene la libertad de quitarse la vida sin que ello conlleve consecuencias legales ni para ella ni para sus familiares.

Cooperación necesaria al suicidio

Lo que sí constituye delito es ayudar a alguien a suicidarse. El artículo 143.2 del Código Penal tipifica la cooperación necesaria al suicidio, que se produce cuando:

  • Existe una petición expresa y acreditable por parte de quien desea morir
  • La persona no puede suicidarse sola
  • Un tercero proporciona los medios necesarios para causar la muerte

Aunque el verdadero autor del acto es el suicida, quien colabora de manera necesaria proporcionando los medios incurre en responsabilidad penal.

Torturas y delitos contra la integridad moral

Fundamento constitucional

Estos delitos encuentran su fundamento en el artículo 15 de la Constitución Española, que establece:

  • Derecho a la vida
  • Derecho a la integridad física y moral
  • Prohibición de torturas y tratos degradantes o inhumanos
  • Abolición de la pena de muerte (salvo disposición de ley penal militar en tiempos de guerra)

Trato degradante

Consiste en un trato que humilla gravemente a otra persona, afectando su dignidad y causando maltrato psicológico e incluso físico. Las penas de prisión oscilan entre 6 meses y 2 años.

Delito de torturas

Regulado en el artículo 174 del Código Penal, la tortura consiste en provocar un sufrimiento físico o mental que conduzca a la víctima a perder o disminuir sus facultades o conocimientos.

Agravante del delito de torturas

El delito se agrava obligatoriamente cuando es cometido por una autoridad o funcionario público que abusa de su cargo. Este agravante requiere que la conducta se produzca durante el ejercicio del cargo. Un ejemplo claro sería un policía que, aprovechándose de su autoridad, inflige agresiones a un detenido.

Coacciones y amenazas

Ambos delitos atentan contra la libertad de obrar de las personas, afectando su capacidad de decidir qué hacer y qué no hacer. Sin embargo, presentan diferencias fundamentales.

Coacciones

En las coacciones se incita u obliga a un sujeto a realizar algo que no quiere o que considera injusto, pero sin intimidación, violencia ni miedo. El autor manipula a la víctima de tal manera que consigue que haga lo que él desea.

Ejemplo típico: Los chantajes constituyen coacciones.

Amenazas

Las amenazas son más graves y constituyen delito cuando existe un peligro grave e inminente para la vida de la persona que las recibe. A diferencia de las coacciones, en las amenazas sí hay intimidación y violencia, aunque sea verbal.

Ejemplo típico: Amenazar con matar a alguien si no cumple con un pago o cualquier otra acción pactada.

Diferencia clave

La distinción fundamental radica en que las coacciones manipulan sin generar terror, mientras que las amenazas implican un peligro real con intimidación directa hacia la víctima.

Delitos contra la libertad sexual

Estos delitos protegen la libertad sexual, entendida como la capacidad de autodeterminación en el ámbito sexual. Pueden afectar a personas de cualquier sexo.

Edad de madurez sexual

El Código Penal considera que a partir de los 16 años una persona puede tener madurez sexual, lo que tiene implicaciones en la tipificación de estos delitos.

Agresión sexual

Regulada en los artículos 178, 179 y 180 del Código Penal, la agresión sexual es todo ataque contra la libertad sexual que implica violencia.

Violación

La violación es un tipo específico de agresión sexual que, además de violencia e intimidación, requiere obligatoriamente acceso carnal (penetración). Es la diferencia fundamental: mientras en las agresiones sexuales puede no haber penetración, en la violación siempre la hay.

Abusos sexuales

A diferencia de las agresiones, los abusos sexuales se caracterizan por la ausencia de violencia e intimidación. Consisten en tocamientos o actos obscenos de naturaleza sexual realizados sin el consentimiento de la víctima.

Acoso sexual

Regulado en el artículo 184 del Código Penal, el acoso sexual se produce siempre en situaciones de superioridad: laboral, docente o de cualquier otro tipo.

Ejemplo típico: Un jefe que ofrece a una empleada tener relaciones sexuales a cambio de un mejor sueldo o un ascenso comete delito de acoso sexual.

Cuadro comparativo de delitos contra la libertad sexual

DelitoViolenciaIntimidaciónPenetraciónContexto específico
Agresión sexualPosibleNo necesaria-
ViolaciónObligatoria-
Abuso sexualNoNoNo-
Acoso sexualNoNoNoSuperioridad laboral/docente

Conclusión

El Derecho Penal Especial español establece un sistema de protección graduado según la gravedad de los ataques a los bienes jurídicos fundamentales. Desde el homicidio hasta los delitos contra la libertad sexual, el ordenamiento jurídico diferencia las conductas según elementos como la intención, la violencia empleada, las circunstancias concurrentes y la relación entre autor y víctima.

Comprender estas diferencias es esencial tanto para el estudio de las oposiciones como para la aplicación práctica del Derecho Penal en el ámbito policial.

Errores comunes

Error

Confundir homicidio y asesinato como sinónimos

Cómo detectarlo

Cuando se usa indistintamente 'matar a alguien' sin distinguir las circunstancias

Cómo corregirlo

El asesinato requiere circunstancias específicas: alevosía, precio/recompensa, ensañamiento, o cometerse para facilitar u ocultar otro delito. Sin estas circunstancias, es homicidio.

Error

Creer que el suicidio es un delito en España

Cómo detectarlo

Afirmar que quitarse la vida es ilegal o que los familiares pueden ser enjuiciados

Cómo corregirlo

El suicidio es un acto lícito. Lo que sí es delito es la cooperación necesaria al suicidio (art. 143.2 CP), es decir, proporcionar los medios a quien no puede suicidarse solo.

Error

No distinguir entre coacciones y amenazas

Cómo detectarlo

Usar ambos términos indistintamente cuando alguien presiona a otro

Cómo corregirlo

En las coacciones no hay intimidación ni violencia, se manipula a la persona (ej: chantajes). En las amenazas hay un peligro grave e inminente para la vida con intimidación, aunque sea verbal.

Error

Confundir agresión sexual con violación

Cómo detectarlo

Llamar violación a cualquier ataque sexual

Cómo corregirlo

La agresión sexual implica violencia pero no necesariamente penetración. La violación es un tipo agravado de agresión sexual que siempre requiere acceso carnal (penetración).

Error

Pensar que los abusos sexuales incluyen violencia

Cómo detectarlo

Describir abusos sexuales con elementos de fuerza física

Cómo corregirlo

Los abusos sexuales se caracterizan precisamente por la ausencia de violencia e intimidación. Consisten en tocamientos o actos obscenos sin consentimiento pero sin fuerza.

Glosario

Homicidio doloso
Delito de matar a otra persona con intención de causar la muerte. Se castiga con penas de 10 a 15 años de prisión (art. 138 CP).
Homicidio imprudente
Causar la muerte de una persona sin intención de matar, pero por imprudencia grave. El sujeto sabe que sus acciones pueden ocasionar daño aunque no lo desea (art. 142 CP).
Asesinato
Homicidio cualificado por concurrir circunstancias de alevosía, precio/recompensa, ensañamiento, o para facilitar/ocultar otro delito. Pena de 15 a 25 años (arts. 139-140 CP).
Alevosía
Circunstancia agravante que concurre cuando el agresor emplea medios que aseguran la ejecución del delito sin riesgo de defensa por parte de la víctima.
Ensañamiento
Agravante consistente en aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima, causándole padecimientos innecesarios.
Cooperación necesaria al suicidio
Delito consistente en proporcionar los medios necesarios a una persona que quiere suicidarse pero no puede hacerlo sola, mediando petición expresa (art. 143.2 CP).
Trato degradante
Conducta que humilla gravemente a una persona, afectando su dignidad y causando maltrato psicológico o físico. Penado con 6 meses a 2 años de prisión.
Tortura
Provocar sufrimiento físico o mental que disminuya las facultades o conocimientos de la víctima. Se agrava cuando lo comete autoridad o funcionario público (art. 174 CP).
Coacción
Delito contra la libertad que consiste en obligar a alguien a hacer o no hacer algo sin usar violencia ni intimidación, mediante manipulación o chantaje.
Agresión sexual
Ataque contra la libertad sexual que implica violencia o intimidación. Incluye la violación cuando hay acceso carnal (arts. 178-180 CP).
Abuso sexual
Atentado contra la libertad sexual sin violencia ni intimidación, consistente en tocamientos o actos obscenos de naturaleza sexual.
Acoso sexual
Solicitud de favores sexuales aprovechando una situación de superioridad laboral, docente o similar (art. 184 CP).

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia principal entre homicidio y asesinato?

Las circunstancias. El asesinato requiere alevosía, precio/recompensa, ensañamiento o cometerse para facilitar u ocultar otro delito.

Tanto el homicidio como el asesinato producen el resultado de muerte, pero el asesinato es un homicidio cualificado. Mientras el homicidio doloso se castiga con 10-15 años, el asesinato tiene penas de 15-20 años, agravables a 20-25 años cuando afecta a menores de 16 años o personas vulnerables.

¿Es delito suicidarse en España?

No, el suicidio es un acto lícito. Lo que sí es delito es ayudar a alguien a suicidarse.

Cada persona puede quitarse la vida sin consecuencias legales para ella ni sus familiares. Sin embargo, la cooperación necesaria al suicidio (proporcionar los medios a quien no puede hacerlo solo, mediando petición expresa) está tipificada como delito en el artículo 143.2 del Código Penal.

¿Qué causas de justificación existen para el homicidio?

Legítima defensa, estado de necesidad y cumplimiento de un deber.

Un homicidio puede estar justificado si se demuestra legítima defensa (proporcional ante una agresión), estado de necesidad, o cumplimiento de un deber (como un policía que usa su arma de forma justificada ante una situación con rehenes amenazados con armas).

¿Qué diferencia hay entre coacciones y amenazas?

Las coacciones no implican violencia ni intimidación (como los chantajes); las amenazas sí incluyen un peligro grave e inminente con intimidación.

En las coacciones se manipula a alguien para que haga algo sin usar violencia ni generar miedo (ejemplo: chantajes). En las amenazas existe un peligro grave e inminente para la vida de la persona, con intimidación aunque sea verbal, como amenazar con matar a alguien si no cumple un pago.

¿Cuándo se agrava el delito de torturas?

Cuando lo comete una autoridad o funcionario público abusando de su cargo.

El delito de torturas (art. 174 CP) se agrava obligatoriamente cuando lo comete una autoridad o funcionario público durante el ejercicio de su cargo. Por ejemplo, un policía que agrede a un detenido aprovechándose de su posición de autoridad.

¿Qué diferencia una agresión sexual de una violación?

La violación siempre requiere penetración (acceso carnal); la agresión sexual implica violencia pero no necesariamente penetración.

La agresión sexual es todo ataque contra la libertad sexual con violencia, pero puede no incluir penetración. La violación es un tipo específico de agresión sexual que siempre incluye acceso carnal (penetración), además de la violencia e intimidación.

¿Qué caracteriza a los abusos sexuales frente a las agresiones?

Los abusos no incluyen violencia ni intimidación; consisten en tocamientos o actos obscenos.

La diferencia fundamental es la ausencia de violencia e intimidación en los abusos sexuales. Mientras las agresiones sexuales implican fuerza o amenazas, los abusos consisten en tocamientos o actos obscenos de naturaleza sexual realizados sin el consentimiento de la víctima pero sin emplear violencia física.

¿A partir de qué edad se considera que hay madurez sexual en el Código Penal?

A partir de los 16 años.

El Código Penal español considera que a partir de los 16 años una persona puede tener madurez sexual. Por tanto, los delitos contra la libertad sexual tienen tratamiento diferente cuando la víctima es menor de 16 años, considerándose especialmente protegida.

¿Qué es el acoso sexual y en qué contextos se da?

Es solicitar favores sexuales aprovechando una posición de superioridad laboral, docente o similar.

El acoso sexual (art. 184 CP) se caracteriza por producirse en situaciones de superioridad: un jefe sobre empleado, un profesor sobre alumno, etc. Consiste en solicitar favores sexuales aprovechando dicha posición de poder, por ejemplo, ofreciendo un ascenso a cambio de relaciones sexuales.

¿Qué protege el artículo 15 de la Constitución Española respecto a estos delitos?

El derecho a la vida, la integridad física y moral, y la prohibición de torturas y tratos degradantes.

El artículo 15 CE establece que todos tenemos derecho a la vida, a la integridad física y moral, y que no podemos ser sometidos a torturas ni a tratos degradantes o inhumanos. También proclama la abolición de la pena de muerte, salvo lo que dispongan las leyes penales militares en tiempo de guerra.

¿Qué ocurre si un homicidio doloso causa más de una muerte?

Se produce un concurso real de delitos.

Cuando una persona comete un homicidio doloso pero ocasiona más de una muerte, estaríamos ante un concurso real de delitos. Esto significa que se le imputarán tantos delitos de homicidio como muertes haya causado, con las consecuencias penológicas correspondientes.

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