Derecho Penal
derecho penal
código penal
delitos

Concepto y principios del derecho penal: delitos, autores y penas

OOposiciones Ucademy
Policía Nacional
14:19
14:19
Momentos clave del video

Respuesta rápida

El derecho penal se divide en objetivo (conjunto de normas que definen delitos y penas) y subjetivo (facultad del Estado para castigar delitos). Se rige por principios como legalidad e irretroactividad, clasifica los delitos en graves (más de 5 años de prisión), menos graves (3 meses a 5 años) y leves, y distingue entre autores (quienes planean el delito) y cómplices (quienes colaboran).

Puntos clave

⚖️

Dos vertientes del derecho penal

Objetivo (normas con delitos y penas) y subjetivo (facultad del Estado para castigar)

📜

Principio de legalidad

Solo se castigan conductas tipificadas como delito en la ley (garantía criminal)

⏮️

Principio de irretroactividad

No se puede castigar por conductas que no eran delito cuando se cometieron

🔒

Clasificación de delitos

Graves (+5 años), menos graves (3 meses-5 años) y leves (antiguas faltas)

👥

Autores y cómplices

Los autores planean el delito; los cómplices colaboran, con posible reducción si hay coacción

🎯

Dolo vs imprudencia vs tentativa

Dolo = intención; imprudencia = conocer riesgo sin intención; tentativa = intentar sin lograr

⬇️

Atenuantes

Minoría de edad, alteraciones psíquicas y legítima defensa proporcional

⬆️

Agravantes

Alevosía, precio/recompensa, ensañamiento y aprovechamiento de circunstancias

Paso a paso

1

Identificar si estamos ante derecho penal objetivo o subjetivo

Por qué funciona: El objetivo define las normas con delitos y penas, mientras que el subjetivo es la facultad del Estado para castigar
Error común: Confundir ambos conceptos: el objetivo son las normas, el subjetivo es la potestad punitiva del Estado
2

Verificar que la conducta está tipificada como delito en la ley

Por qué funciona: El principio de legalidad establece que solo se castigan acciones previstas en la ley
Error común: Asumir que una conducta es delito sin verificar su tipificación legal
3

Clasificar el delito según la pena prevista: grave, menos grave o leve

Por qué funciona: Los delitos graves superan 5 años de prisión, los menos graves van de 3 meses a 5 años, y los leves tienen penas inferiores
Error común: No considerar que las antiguas faltas ahora son delitos leves
4

Determinar el grado de participación: autor o cómplice

Por qué funciona: Los autores planean y ejecutan el delito, los cómplices colaboran pero pueden tener voluntad mermada
Error común: Equiparar siempre la pena del cómplice con la del autor sin considerar las circunstancias
5

Analizar el elemento subjetivo: dolo, imprudencia o tentativa

Por qué funciona: El dolo implica voluntad de dañar, la imprudencia es actuar sabiendo el riesgo, la tentativa es no lograr el resultado deseado
Error común: Confundir imprudencia con tentativa: la imprudencia no busca el resultado, la tentativa sí pero no lo consigue
6

Identificar circunstancias atenuantes o agravantes

Por qué funciona: Modifican la responsabilidad penal: los atenuantes reducen la pena, los agravantes la aumentan
Error común: No verificar la proporcionalidad en la legítima defensa

Ejemplos resueltos

Problema 1

Juan dispara a su vecino con intención de matarlo, pero solo consigue herirlo gravemente. ¿Qué tipo de responsabilidad penal tiene?

Solución:

  1. 1Identificar la intención: Juan tenía voluntad de matar (dolo)
  2. 2Analizar el resultado: No consiguió el resultado deseado (muerte)
  3. 3Aplicar el concepto de tentativa: Quiso ejecutar el delito pero no salió como esperaba
  4. 4Clasificar el delito: Homicidio en grado de tentativa
Respuesta

Juan es responsable de un homicidio en grado de tentativa, ya que tenía intención de matar pero no logró el resultado deseado.

Verificación: Verificar que existía dolo (intención de matar) y que el resultado no se produjo

Problema 2

María conduce con una tasa de alcoholemia elevada y atropella a un peatón causándole la muerte. ¿Es dolo o imprudencia?

Solución:

  1. 1Analizar la intención: María no quería matar al peatón
  2. 2Evaluar el conocimiento del riesgo: Sabía que conducir ebria era peligroso
  3. 3Determinar si desistió de la conducta: No, continuó conduciendo
  4. 4Aplicar el concepto de imprudencia: Actuó sabiendo que podía causar daño
Respuesta

Es imprudencia grave, ya que María sabía que sus actos conllevaban peligro pero no desistió de realizarlos, aunque no tenía intención de causar la muerte.

Verificación: Confirmar que no había voluntad de dañar pero sí conocimiento del riesgo

Problema 3

Pedro mata a alguien de una puñalada mortal, pero después le asesta otras veinte puñaladas. ¿Qué agravante aplica?

Solución:

  1. 1Identificar el resultado: Muerte de la víctima
  2. 2Analizar la conducta adicional: 20 puñaladas innecesarias después de la muerte
  3. 3Evaluar si aumentó el sufrimiento: Sí, añadió sufrimiento innecesario
  4. 4Aplicar el agravante correspondiente: Ensañamiento
Respuesta

Aplica el agravante de ensañamiento, ya que Pedro añadió sufrimiento innecesario a la víctima con puñaladas que no eran necesarias para conseguir el resultado.

Verificación: Verificar que las acciones adicionales eran innecesarias para el resultado y aumentaban el sufrimiento

Concepto y Principios del Derecho Penal: Guía Completa

El derecho penal constituye una de las ramas fundamentales del ordenamiento jurídico español, encargada de definir qué conductas constituyen delitos y qué consecuencias jurídicas acarrean. Esta guía desarrolla los conceptos esenciales que todo estudiante de oposiciones debe dominar.

Concepto de Derecho Penal: Las Dos Vertientes

El derecho penal español se estructura en torno a dos vertientes complementarias que es fundamental distinguir:

Derecho Penal Objetivo

El derecho penal objetivo comprende el conjunto de normas jurídicas donde se definen los delitos y las penas correspondientes. Es, en esencia, el marco normativo que establece qué conductas son punibles y con qué sanciones se castigan. Este conjunto normativo está recogido principalmente en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Derecho Penal Subjetivo

El derecho penal subjetivo representa la facultad que tiene el Estado para castigar los delitos mediante la imposición de penas. Es la potestad punitiva estatal, el poder efectivo de aplicar las sanciones previstas en las normas cuando se comete un delito. Sin esta facultad, las normas del derecho objetivo carecerían de eficacia práctica.

Principios Generales del Derecho Penal

El sistema penal español se fundamenta en una serie de principios que garantizan los derechos de los ciudadanos frente al poder punitivo del Estado.

Principio de Legalidad: La Garantía Criminal

El principio de legalidad establece que "no será castigada ninguna acción ni omisión que no esté prevista por la ley". Esta garantía criminal implica que solo las conductas tipificadas expresamente como delito en una norma legal pueden ser objeto de sanción penal.

La consecuencia práctica es clara: si una conducta no está recogida como delito en ninguna ley vigente, quien la realice no puede ser castigado por ella, por muy reprochable que pueda parecer socialmente.

Principio de Irretroactividad: La Garantía Penal

Directamente vinculado al anterior, el principio de irretroactividad establece que nadie puede ser castigado por una conducta que no era delito en el momento de cometerla. Este principio protege al ciudadano frente a posibles cambios legislativos que pudieran perjudicarle retroactivamente.

Por ejemplo, si hace diez años una determinada acción no estaba tipificada como delito y posteriormente se legisla sobre ella, no se puede castigar retroactivamente a quien la cometió cuando era legal.

Garantía Jurisdiccional y de Ejecución

Este principio establece que no puede ejecutarse ninguna pena ni medida de seguridad si no es dictada por un juez o tribunal competente dentro de las leyes procesales vigentes. Toda condena debe provenir de una autoridad judicial con competencia para dictarla.

Prohibición de Analogía

La prohibición de analogía determina que cada juez o tribunal solo puede dictar sentencias dentro de su jurisdicción específica. Un juez de lo social no puede resolver asuntos penales, y un juez penal no puede entrar en materias laborales. Cada magistrado tiene su ámbito de competencia delimitado.

Tipos de Penas y Medidas de Seguridad

Cuando se determina la culpabilidad de un sujeto, el ordenamiento penal prevé diferentes tipos de consecuencias jurídicas.

Penas Privativas de Libertad

Son aquellas que restringen la libertad deambulatoria del condenado. La más conocida es la prisión, donde el penado queda recluido en un centro penitenciario durante el tiempo establecido en la sentencia.

Penas Privativas de Derechos

Estas penas prohíben al condenado ejercer determinados derechos:

  • Derecho de sufragio (prohibición de votar)
  • Derecho a conducir vehículos
  • Derecho a la tenencia de armas
  • Otros derechos específicos según el delito

Penas de Multa

Son sanciones de carácter económico que obligan al condenado a pagar una cantidad de dinero. Son habituales en delitos menos graves o leves, y pueden ser la pena principal o complementaria.

Medidas de Seguridad

Las medidas de seguridad son alternativas o complementos a las penas tradicionales:

  • Internamientos en centros especiales: Por ejemplo, centros de menores para delincuentes juveniles
  • Custodias y pulseras de localización: Control telemático del condenado
  • Arresto domiciliario: Restricción de movimientos durante fines de semana o días laborables

Consecuencias Accesorias

Son penas que complementan a una pena principal:

  • Trabajos en beneficio de la comunidad tras cumplir prisión
  • Suspensión de actividades que se venían realizando ilegalmente
  • Disolución de empresas que han cometido delitos económicos

Clasificación de los Delitos según su Gravedad

El Código Penal clasifica los delitos en tres categorías según la pena que llevan aparejada:

Delitos Graves

Son aquellos que conllevan penas de prisión superiores a cinco años o inhabilitación absoluta. Representan las conductas más reprochables del ordenamiento jurídico.

Delitos Menos Graves

Incluyen aquellas infracciones con penas de prisión de tres meses a cinco años y multas de dos meses. Constituyen una categoría intermedia.

Delitos Leves (Antiguas Faltas)

Tras las reformas del Código Penal, las antiguas "faltas" pasaron a denominarse "delitos leves". Se caracterizan por:

  • Penas de localización permanente
  • Penas sustituibles por otras alternativas
  • Condenas de hasta dos años de prisión que pueden computarse por trabajos en beneficio de la comunidad o multas

Responsables de los Delitos: Autores y Cómplices

La responsabilidad penal puede recaer sobre diferentes tipos de participantes en el hecho delictivo.

Autores

Los autores son los cabecillas o responsables principales del delito. Se caracterizan por:

  • Planear el hecho delictivo por sí solos
  • Servir de instrumento para su ejecución
  • Ostentar la responsabilidad principal

Cómplices

Los cómplices son quienes colaboran con el autor en la ejecución del delito. Existen dos tipos:

Cómplices voluntarios: Participan porque les interesa el plan propuesto por el autor.

Cómplices coaccionados: Participan bajo amenazas o coacciones, con su voluntad mermada.

Por regla general, autores y cómplices suelen tener las mismas penas. Sin embargo, cuando se justifica que la voluntad del cómplice estaba mermada por amenazas o coacciones, su pena puede ser menor.

Elemento Subjetivo: Dolo, Imprudencia y Tentativa

Dolo

El dolo es la voluntad consciente e intencional de realizar un delito. Implica que el autor actúa con intención deliberada de causar daño y busca activamente el resultado delictivo.

Imprudencia

La imprudencia se produce cuando una persona actúa sabiendo que sus actos pueden causar daño, pero no desiste de realizarlos, aunque no tenga intención de causar ese daño.

Un ejemplo clásico es conducir con una tasa de alcoholemia elevada. El conductor sabe que sus actos conllevan peligro de accidente, pero no desiste de conducir, aunque no tenga intención de atropellar a nadie. Si se produce un atropello mortal, sería homicidio por imprudencia.

La imprudencia puede clasificarse en grave o leve según las circunstancias.

Tentativa

La tentativa se produce cuando el sujeto quiere ejecutar un delito pero no consigue el resultado deseado. A diferencia de la imprudencia, en la tentativa sí existe voluntad de cometer el delito (dolo), pero el resultado no se produce.

Ejemplo: Disparar a alguien con intención de matarlo pero solo conseguir herirlo gravemente constituiría un homicidio en grado de tentativa.

Circunstancias Modificativas de la Responsabilidad

Circunstancias Atenuantes

Las circunstancias atenuantes reducen la responsabilidad penal:

Minoría de edad: Los menores de 18 años se rigen por la Ley Reguladora de Responsabilidad Penal del Menor. No pueden ser enjuiciados directamente por el Código Penal, aunque pueden cumplir parte de su condena en centros penitenciarios al alcanzar la mayoría de edad.

Anomalías o alteraciones psíquicas: Cuando el autor no estaba en pleno uso de sus facultades mentales al cometer el delito. Constituye un atenuante, aunque no necesariamente extingue la responsabilidad.

Legítima defensa: Cuando el sujeto se defiende de una agresión ilegítima y actual de forma proporcional. La defensa debe ser racional: no se puede responder a un puñetazo con una pistola, ni agredir físicamente a quien solo insulta.

Circunstancias Agravantes

Las circunstancias agravantes aumentan la responsabilidad penal:

Alevosía: Emplear medios, modos o formas que aseguren la ejecución del delito sin riesgo para el agresor, dejando a la víctima completamente indefensa.

Precio o recompensa: Cometer el delito a cambio de dinero u otra compensación. Es el caso típico de los sicarios.

Ensañamiento: Aumentar deliberada e innecesariamente el sufrimiento de la víctima más allá de lo necesario para conseguir el resultado.

Abuso de superioridad o aprovechamiento de circunstancias: Incluye aprovecharse de la posición jerárquica, la fuerza física, el momento oportuno (como la nocturnidad) o disfrazarse para cometer el delito.

Conclusión

El derecho penal español constituye un sistema complejo pero coherente que equilibra la necesidad de proteger a la sociedad mediante la sanción de conductas delictivas con las garantías fundamentales de los ciudadanos frente al poder punitivo del Estado. Comprender sus conceptos básicos, principios rectores y categorías fundamentales resulta esencial para cualquier aspirante a las fuerzas de seguridad del Estado.

Errores comunes

Error

Confundir el derecho penal objetivo con el subjetivo

Cómo detectarlo

Si se menciona 'conjunto de normas' es objetivo; si se habla de 'facultad del Estado para castigar' es subjetivo

Cómo corregirlo

Recordar: Objetivo = normas que definen delitos y penas; Subjetivo = potestad punitiva del Estado

Error

Pensar que las faltas ya no existen en el Código Penal

Cómo detectarlo

Cuando se mencionen 'faltas' en contextos actuales

Cómo corregirlo

Las antiguas faltas ahora se denominan 'delitos leves' tras la reforma del Código Penal

Error

Confundir tentativa con imprudencia

Cómo detectarlo

Si hay intención de conseguir un resultado pero no se logra = tentativa; si no hay intención pero se conoce el riesgo = imprudencia

Cómo corregirlo

La tentativa implica voluntad de cometer el delito; la imprudencia no tiene esa voluntad pero hay conocimiento del riesgo

Error

Creer que la legítima defensa siempre exime de responsabilidad

Cómo detectarlo

Cuando se asume automáticamente que defenderse elimina la pena

Cómo corregirlo

La legítima defensa debe ser proporcional y ante una agresión ilegítima actual; no vale contra insultos ni con medios desproporcionados

Error

Equiparar siempre la pena del cómplice con la del autor

Cómo detectarlo

Cuando se asigna la misma responsabilidad sin analizar circunstancias

Cómo corregirlo

El cómplice puede tener voluntad mermada (amenazas) y en ese caso su pena sería menor

Error

Aplicar retroactivamente una ley penal desfavorable

Cómo detectarlo

Cuando se pretende castigar por una conducta que no era delito cuando se cometió

Cómo corregirlo

El principio de irretroactividad protege al reo: no se puede castigar por algo que no era delito en el momento de cometerlo

Glosario

Derecho penal objetivo
Conjunto de normas jurídicas donde se definen los delitos y las penas correspondientes.
Derecho penal subjetivo
Facultad que tiene el Estado para castigar los delitos mediante la imposición de penas.
Principio de legalidad
Garantía criminal que establece que ninguna acción u omisión puede ser castigada si no está previamente prevista como delito en la ley.
Principio de irretroactividad
Garantía penal que impide castigar a una persona por una conducta que no era delito en el momento de cometerla.
Dolo
Voluntad consciente e intencional de realizar un delito, es decir, la intención de causar daño.
Imprudencia
Actuar sabiendo que los propios actos pueden causar daño pero sin desistir de realizarlos, aunque no exista intención de dañar.
Tentativa
Situación en la que un sujeto quiere ejecutar un delito pero no consigue el resultado deseado.
Alevosía
Agravante que consiste en emplear medios, modos o formas que aseguren la ejecución del delito sin riesgo para el agresor, dejando a la víctima indefensa.
Ensañamiento
Agravante que implica aumentar deliberada e innecesariamente el sufrimiento de la víctima más allá de lo necesario para conseguir el resultado del delito.
Penas privativas de libertad
Sanciones penales que restringen la libertad deambulatoria del condenado, como la prisión.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre derecho penal objetivo y subjetivo?

El objetivo son las normas que definen delitos y penas; el subjetivo es la facultad del Estado para castigar esos delitos.

El derecho penal objetivo comprende el conjunto de normas jurídicas que definen qué conductas son delitos y qué penas les corresponden. El derecho penal subjetivo, en cambio, es la potestad o facultad que tiene el Estado para aplicar esas penas y castigar a quienes cometan los delitos tipificados. Ambos conceptos están regulados principalmente en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

¿Qué significa el principio de legalidad en derecho penal?

Significa que ninguna acción puede ser castigada si no está previamente definida como delito en una ley.

El principio de legalidad es una garantía criminal fundamental que establece que 'no será castigada ninguna acción ni omisión que no esté prevista por la ley'. Esto significa que para que una conducta pueda ser sancionada penalmente, debe estar tipificada como delito en una norma legal vigente antes de cometerse. Si una conducta no está recogida como delito en ninguna ley, quien la realice no puede ser castigado por ella.

¿Cómo se clasifican los delitos según su gravedad?

En delitos graves (más de 5 años de prisión), menos graves (3 meses a 5 años) y leves (antiguas faltas).

Los delitos graves son aquellos que llevan aparejadas penas de prisión superiores a cinco años o inhabilitación absoluta. Los delitos menos graves conllevan penas de prisión de tres meses a cinco años y multas de dos meses. Los delitos leves (anteriormente llamados faltas) son infracciones menores que pueden llevar penas de localización permanente o penas sustituibles por otras, generalmente hasta dos años de prisión que pueden computarse por trabajos en beneficio de la comunidad o multas.

¿Cuál es la diferencia entre autor y cómplice de un delito?

El autor planea y ejecuta el delito por sí solo; el cómplice colabora, pudiendo hacerlo voluntariamente o bajo coacción.

Los autores son los cabecillas que planean el hecho delictivo y sirven de instrumento para su ejecución. Los cómplices son quienes colaboran con el autor, ya sea por voluntad propia porque les interesa el plan, o bajo amenazas con su voluntad mermada. Por regla general, autores y cómplices suelen tener las mismas penas, salvo que se justifique que la voluntad del cómplice estaba mermada, en cuyo caso su pena sería menor.

¿Qué diferencia hay entre dolo e imprudencia?

El dolo es la intención de cometer un delito; la imprudencia es actuar conociendo el riesgo pero sin intención de dañar.

El dolo implica la voluntad consciente de realizar un delito, es decir, la intención deliberada de causar daño. La imprudencia, en cambio, se produce cuando una persona actúa sabiendo que sus actos pueden conllevar un daño pero no desiste de realizarlos, aunque no tenga intención de causar ese daño. Un ejemplo clásico de imprudencia es conducir con un estado de alcoholemia elevado, lo que puede provocar un accidente sin que el conductor tuviera intención de causarlo.

¿Qué es la tentativa y cómo se diferencia de la imprudencia?

La tentativa es intentar cometer un delito sin lograr el resultado deseado; la imprudencia no busca ese resultado.

La tentativa se produce cuando un sujeto quiere ejecutar un delito pero no consigue el resultado que esperaba. Por ejemplo, disparar a alguien con intención de matarlo pero solo conseguir herirlo sería homicidio en grado de tentativa. La diferencia con la imprudencia es que en la tentativa sí existe voluntad de cometer el delito (dolo), mientras que en la imprudencia no hay esa intención aunque se conozca el riesgo de causar daño.

¿Cuándo aplica la legítima defensa como atenuante?

Cuando te defiendes proporcionalmente de una agresión ilegítima que está ocurriendo en ese momento.

La legítima defensa puede suponer un atenuante o incluso una absolución si se cumplen ciertos requisitos: debe tratarse de una agresión ilegítima (no justificada) que esté ocurriendo en ese momento, y la defensa debe ser proporcional. No se puede defender de un puñetazo con una pistola, ni responder a insultos con una paliza. La proporcionalidad y el contexto de los hechos son fundamentales para que la legítima defensa sea considerada racional.

¿Qué agravantes existen en el derecho penal?

Los principales son alevosía, precio o recompensa, ensañamiento y abuso de superioridad o aprovechamiento de circunstancias.

La alevosía consiste en emplear medios que aseguren la ejecución del delito sin riesgo, dejando a la víctima indefensa. El precio o recompensa aplica cuando se comete el delito a cambio de dinero (sicarios). El ensañamiento implica añadir sufrimiento innecesario a la víctima más allá de lo necesario para el resultado. El abuso de superioridad o aprovechamiento de circunstancias incluye aprovecharse de la posición laboral, la fuerza física, el momento adecuado (como la nocturnidad) o incluso disfrazarse para cometer el delito.

¿Qué tipos de penas existen en el derecho penal español?

Penas privativas de libertad (prisión), privativas de derechos (prohibiciones) y multas económicas.

Las penas privativas de libertad son aquellas que restringen la libertad deambulatoria, principalmente la prisión. Las penas privativas de derechos prohíben ejercer ciertos derechos, como el sufragio universal, conducir o la tenencia de armas. Las penas de multa son sanciones económicas. Además, existen medidas de seguridad (internamientos, pulseras de localización, arresto domiciliario) y consecuencias accesorias que complementan a la pena principal (trabajos en beneficio de la comunidad, disolución de empresas, etc.).

¿Qué ocurre si un menor de edad comete un delito?

Se le aplica la Ley de Responsabilidad Penal del Menor, no el Código Penal directamente.

La minoría de edad es un atenuante de la responsabilidad penal. Cuando una persona menor de dieciocho años comete un delito, debe ser juzgada según la Ley Reguladora de la Responsabilidad Penal del Menor, no por el Código Penal ordinario. Esto no significa que queden impunes: pueden pasar un periodo en un reformatorio y, si al cumplir la mayoría de edad aún tienen condena pendiente, pueden pasar a cumplirla en un centro penitenciario. A un menor no se le puede enjuiciar directamente por el Código Penal.

¿Qué es el principio de irretroactividad?

Impide castigar a alguien por una conducta que no era delito cuando la cometió, aunque después se tipifique.

El principio de irretroactividad protege la garantía penal del ciudadano. Establece que nadie puede ser castigado a posteriori por una conducta que no era delito en el momento de cometerla. Si hace diez años una acción no estaba tipificada como delito y ahora sí lo está, no se puede castigar retroactivamente a quien la cometió entonces. Este principio protege al reo frente a cambios legislativos que pudieran perjudicarle.

¿Qué es la prohibición de analogía en derecho penal?

Los jueces solo pueden aplicar las leyes de su jurisdicción; un juez de lo social no puede dictar sentencias penales.

La prohibición de analogía está vinculada a la garantía jurisdiccional y establece que solo pueden dictar sentencias aquellos jueces o tribunales dentro de la jurisdicción en la que tengan competencia. Un juez de lo social no puede poner una sentencia condenatoria en un asunto penal, y viceversa. Cada juez tiene su propia jurisdicción especializada y no puede aplicar por analogía normas de otras ramas del derecho.

Artículos relacionados

Derecho y Legislación

Ley Orgánica 1/2004 de Violencia de Género: Objeto y Definición

Análisis del Título Preliminar de la Ley Orgánica 1/2004 sobre violencia de género: objeto de la ley, definición jurídica y marco normativo en España.

Derecho Procesal

La Audiencia Nacional: Estructura, Competencias y Funcionamiento

La Audiencia Nacional es el órgano jurisdiccional con sede en Madrid que tiene jurisdicción en toda España, compuesto por 4 salas especializadas en materias penales, contenciosas y sociales.

Derecho Penal

Delitos contra la Administración Pública: Guía completa del Código Penal

Guía sobre delitos contra la Administración Pública: prevaricación, cohecho, abandono de funciones y sus penas según el Código Penal español.

Derecho Penal

Delitos contra la libertad sexual: Artículos, tipos y penas

Guía completa sobre los delitos contra la libertad sexual en el Código Penal español: agresión sexual, violación, child grooming, acoso y prostitución forzada.

Derecho Penal

Delitos contra la Integridad Moral: Torturas y Trata de Seres Humanos

Estudio de los artículos 174 a 177 bis del Código Penal sobre torturas, atentados contra la integridad moral y trata de seres humanos, con sus penas e inhabilitaciones.

Derecho Penal

Concepto de delito y clasificaciones según el Código Penal español

Definición de delito según el art. 10 CP, elementos esenciales (acción, tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad), clasificación y figuras como tentativa y conspiración.

¿Quieres aprender más sobre este tema?

Este contenido es parte del curso Policía Nacional de Oposiciones Ucademy. Contacta con nosotros para más información o descarga este artículo en PDF.